Tengo la firme convicción de que
el propósito final de los 26 decretos, con rango, valor y
fuerza de ley, dictados por el teniente coronel Chávez Frías
en el marco de la Ley Habilitante, apunta a construir un
Estado y una sociedad paralelas a las que se van levantando
en Venezuela a partir del régimen de Juan Vicente Gómez y,
especialmente, luego de derrocada la dictadura de Marcos
Pérez Jiménez.
Me explico: con el tirano andino
la nación, aunque sometida a la rígida férula del déspota,
comienza a vivir un gradual, pero sostenido proceso de
institucionalización. Se fortalece el Estado central y se
acaba con el poder de los caudillos regionales; se crea la
Academia Militar y con ella se profesionalizan las Fuerzas
Armadas; se conforma la Administración Pública Nacional; se
estructura el sistema fiscal; se crea el Banco Central,
unificando de este modo las finanzas públicas, y, además, se
introduce el concepto de la unidad del Tesoro. Durante los
casi tres decenios que dura el régimen gomecista, no hay
dudas de que el país da un enorme salto con respecto de
aquél despojo que habían dejado los gamonales del siglo XIX
y ese demagogo incorregible llamado Cipriano Castro.
Tras la muerte de Gómez, ahora
en un ambiente democrático y participativo, Venezuela
continúa por el camino de la edificación de un Estado
moderno, con instituciones arbitrales que se supervisan
recíprocamente. Junto al Estado se van formando
organizaciones civiles, como los partidos, los sindicatos y
los gremios, que le dan densidad y profundidad al tejido
social. Este proceso se interrumpe durante la década que va
de 1948 a 1958. Luego del 23 de enero del 58, el país retoma
el hilo interrumpido diez años antes. A lo largo de cuatro
décadas, con altos y bajos, se consolidan los poderes
públicos democráticos y se conforman las diversas
organizaciones intermedias que hacen de Venezuela una nación
moderna, compleja y con una democracia, que si bien padece
problemas importantes que debían resolverse, se
caracterizaba por la amplitud, la tolerancia, la inclusión y
la convivencia entre fuerzas políticas contrapuestas.
Son esos atributos del Estado y
la sociedad los que Chávez Frías pretende pulverizar para
levantar sobre sus ruinas un Estado y una sociedad que se
adecuen a sus propios y exclusivos intereses. El punto de
partida de esa labor que combina la destrucción con la
sustitución, reside en su enorme desprecio por el Estado
secular, la democracia, la independencia de los poderes, el
Estado de Derecho, la iniciativa y la propiedad privada, el
mercado y por todo aquello que Hayek llama el “orden
espontáneo”.
Veamos unos ejemplos extraídos
de los decretos leyes. Empiezo por la Ley Orgánica de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana, instrumento ampliamente
estudiado por Rocío San Miguel. En esa Ley, Art. 43, se crea
la Milicia Nacional Bolivariana, cuerpo integrado por la
Reserva Militar y la Milicia Territorial (esta última
formada recientemente). La MNB “depende directamente del
Presidente de la República y Comandante en Jefe de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana en todo lo relativo a los
aspectos operacionales y para los asuntos administrativos
dependerá del Ministro del Poder Popular para la Defensa” En
términos más sencillos: Chávez, al estilo de los tiranos que
se respetan, forma su propio ejército, su guardia
pretoriana. Este contingente armado circula en un riel
paralelo a los componentes tradicionales de la FA, a saber:
el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional,
que quedan relegados a un segundo plano.
Otra muestra se aprecia en la
Ley Orgánica de la Administración Pública. Esta ley, Art.
91, le da amplias facultades a Chávez para “convertir
unidades administrativas de los ministerios y oficinas
nacionales, en órganos desconcentrados con capacidad de
gestión presupuestaria administrativa o financiera . . .
"Además, instituye la figura de las autoridades regionales,
con atribuciones similares a los gobernadores, establece la
Comisión Central de Planificación y les da rango legal a las
misiones, que pueden ser decretadas por el Presidente de la
República. En otros términos, Chávez crea una realidad
paralela a la descentralización y, a través de las misiones,
conforma una estructura administrativa distinta a la
Administración Pública tradicional.
En otras leyes, entre ellas la
Ley de los Consejos Comunales, aprobada antes del
“paquetazo” (el 26-2-08), se crea el poder comunal o poder
popular. En esta línea se inscriben los consejos obreros, de
los cuales viene hablando el gobierno desde hace años. El
supuesto objetivo de este fulano “poder” es empoderar al
pueblo y materializar la “democracia participativa”
proclamada en la Constitución de 1999. Sin embargo, en
realidad la verdadera finalidad del poder popular, cuyo
epicentro se encuentra en los consejos comunales, en los
consejos obreros y en los consejos campesinos (a los que se
les da gran relevancia en la Ley Orgánica de Seguridad y
Soberanía Agroalimentaria), consiste en debilitar los
órganos previstos en la Carta del 99, los Consejos
Municipales y las Juntas Parroquiales, al igual que mermar
la importancia de los partidos políticos, sindicatos,
gremios y todas las formas de organización civil
independientes que actúen como mecanismo de intermediación y
engranaje entre el Estado y la sociedad. Todas estas
agrupaciones, que sirvieron para fortalecer la sociedad
frente al Estado centralista petrolero, quedan debilitadas
por el afán inconteniblemente controlador de Hugo Chávez.
La realidad paralela (un para
Estado y una sociedad controlada) la está construyendo el
alumno vernáculo de Norberto Ceresole, aplicando
rigurosamente el esquema Ejército, Caudillo, Pueblo que el
descocado totalitario sureño le enseñó hace ya bastante
tiempo.
tmarquez@cantv.net