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LUNES 15 de Septiembre de 2003
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TalCual


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TSJ en posición adelantada

Ocho días de gloria vivió el TSJ, un lapso durante el cual el país flotó en la nube institucional, una semana en la que la división de poderes nos ofreció una esperanza democrática, en fin un período en el que estuvo prohibido equivocarse. Se acabó lo que se daba, recojan los vidrios.

Supremo embrollo el que gentilmente nos obsequiara nuestro máximo Tribunal el pasado lunes 1 de septiembre, con la famosa sentencia 2.404 emanada por la Sala Constitucional, según la cual, si el mandato del presidente Hugo Chávez es revocado por decisión popular, no podría lanzarse como candidato en las elecciones inmediatamente posteriores. Posterior e inmediatamente -es decir el mismo lunes 1 de septiembre en horas de la tarde- la misma Sala Constitucional desmintió, a través de una aclaratoria pública, que pueda tomarse como una sentencia definitiva el fallo en relación con la posibilidad de que un funcionario elegido por votación popular pueda participar o no en los comicios inmediatamente posteriores al referéndum mediante el cual fue revocado su mandato.

Los oráculos Escarrá, Brewer Carías y Cecilia Sosa, no saben qué hacer ni qué decir, al igual que en ocasiones anteriores. ¿Un hacker operando desde el propio TSJ, un virus infomático? El regreso de la mano peluda.

Llamen a Demos y a Kratos, a Jefferson, a Tocqueville y a Rousseau; para entrevistarlos en un programa de opinión, bajo el tema:
"La democracia y el imperio de la legalidad"; Marta Colomina no los deja hablar y sigue la lluvia de piedras sobre el TSJ.

Suficiente, basta ya de tanta tele realidad y detengámonos todos a ver si valdría la pena pensar o sospechar –como ustedes prefieran – si lo que en realidad sucedió es que el TSJ se ha convertido en la institución más efectiva, dinámica y seria de todas las que conforman la sacrosanta división de poderes.

Una performance institucional que no se veía desde la penútlima vez que el planeta Marte se le acercó a la Tierra. ¿por qué tanta jaladera de mi parte?
Imaginemos o sospechemos, por un momento que las copias de la sentencia que le entregaron al bisoño Betancourt Orozco –a pesar que su recurso fue declarado inadmisible – son las copias de la sentencia que estaría por dictar la propia Sala Constitucional en relación con otro recurso de interpretación del artículo 72, interpuesto por Esteban Gerbasi, registrado bajo el expediente 023215 y cuyo ponente es el magistrado José Delgado Ocando.

Entonces, visto que estamos en presencia de un efectivo, dinámico y serio TSJ –aunque usted no lo crea– dicho Tribunal no es que ya tiene solamente un criterio medianamente formado en cuanto al fondo del artículo 72 de la Constitución, sino que –lo malo de ser efectivo, dinámico y serio– hasta tiene lista en el tintero del disco duro, bajo Word, una sentencia modelo 2004 full equipo; la cual sin querer queriendo, –efectividad, dinamismo y seriedad– le fue entregada al joven Exssel (virus informático tenían sus padres cuando escogieron ese nombre).

Y en consecuencia, lo arriba descrito explicaría en un primer tiempo, el por qué dicha sentencia –la 2.404– no había sido publicada en el site del TSJ.

Mientras se oyen apuestas en cuanto a mi teoría de que lo sucedido en el TSJ, fue una vulgar posición adelantada, me despido con lo siguiente: "Los jueces no son, sino la boca que pronuncia las palabras de la Ley".
Luis De Lion Montesquieu

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