Creo
que tanto los 33 artículos maquinados por la Sala
Situacional de Miraflores para “reformar” la Constitución
Bolivariana, como los 25 “sobrevenidos” de la Comisión
Mixta de la AN para complementarlos, encontraron su
principio motor en Hugo Chávez, un Licurgo de bolsillo que
a falta de una mejor oportunidad de crear repúblicas por
racimos, decidió cebarse en una sola, Venezuela y
encasquetarle una Carta Magna cada vez que sienta la
necesidad de demostrarle al mundo que él también se iguala
al Libertador en eso de redactar constituciones.
A esta conclusión me conduce, no solo lo perfectamente
ensamblados que resultan los 33 artículos de la primera
hornada con los 25 de la segunda, sino la estratagema de
afirmar una y otra vez que la reforma terminaba con los
artículos originales, para luego deslizar entre gallos y
medianoche los 25 disparos que dejan los derechos humanos
en Venezuela malheridos y en trance de muerte.
Y para corroborarlo, me referiría al detalle de la
“atracción fatal” entre el artículo 230 de los 33 bajados
por la Sala Situacional que propone la reelección
indefinida, y la modificación del 337 de la constitución
vigente que vino en el paquete de la AN y suspende las
garantías constitucionales en caso de decretarse “el
estado de excepción”, pues sería ingenuo no pensar que
quien decidió convertir a Chávez en presidente vitalicio,
no percibió que ello solo es posible con una suspensión
permanente de las garantías ciudadanas y las libertades
individuales.
En todo lo que se llama la facultad de decretar “el estado
de excepción” sin control, que es una aberración jurídica
corregida en todas las constituciones post Segunda Guerra
Mundial y post Guerra Fría, desechada en la Constitución
Bolivariana, pero resucitada ahora en la reforma sin duda
que para enfrentar la confrontación que surgirá en
Venezuela después que se “apruebe” la presidencia
vitalicia y la república socialista.
O lo que es lo mismo: que al modificar el artículo 337 de
la constitución vigente que establece “el estado de
excepción” con garantías, para sustituirle por otro donde
“estado de excepción” y suspensión de las garantías son
sinónimos, Chávez retrocede 45 años atrás, a la
Constitución del 61, cuando la suspensión de las garantías
daba cauce a tantas y sonadas violaciones de los derechos
humanos.
De modo que al jugárselas por modificar el artículo 337 de
la constitución vigente y restituir la versión de la
constitución del 61, Chávez no tiene en mente sino un
escenario: está consciente que la dictadura que pretende
“constitucionalizar” con la reforma no pasará sin una
férrea oposición del pueblo, las clases medias, y el
conjunto de la sociedad, y por tanto, necesita manos
libres para reprimir y tratar de sobrevivir en el caos.
Tensión que va a cifrar de una manera determinante la
situación política que seguirá a la “aprobación” de la
nueva constitución y concluiría cuando uno de los dos
contendientes sea obligado a aceptar su derrota.
“Es soberano es quien decide el estado de excepción”,
escribe en “Teología Política”, Carl Schmitt, el jurista
alemán que formuló las bases constitucionales del estado
hitleriano y ha sido rescatado por neomarxistas como
Antonio Negri y José Aricó para darle sustento a los
procesos constituyentistas con que la izquierda retro
quiere reconstruir el socialismo real y su consecuencia
más abominable: el stalinismo.
Y quien es ampliamente citado en este momento en la
Asamblea Nacional por el abogado Carlos Escarrá, aunque
sin reconocerle los créditos, ni admitir que en su afán
por sobrevivir, la izquierda náufraga ha ido a cobijarse
en lo más negro de la tradición jurídica hitleriana.
Y así, con todo lo que se dirige a este afán de alcanzar
lo imposible, como es que los fantasmas que ensangrentaron
al siglo XX y aun sobreviven en las miasmas cubanas y de
Corea del Norte, retoñen en tierra venezolana.
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Artículo
publicado en el vespertino
El Mundo. |