¿De dónde
viene, qué es lo que motiva, la rabiosa ofensiva de la
sala penal de la Corte Suprema de Justicia de Colombia
contra el presidente Alvaro Uribe? Esa motivación no puede
venir del campo jurídico, pues el gobierno de Uribe, legal
y legítimo, no es atacado por esa sala por un acto que
éste hubiere cometido. El gobierno, desde ese punto de
vista, es hasta ahora intachable. Si no lo fuera ya lo
sabríamos. Los dos únicos personajes que tratan de
“ilegítimo” al gobierno colombiano no son ni magistrados,
ni jueces: uno es un elemento de la oposición más
extremista, la senadora Piedad Córdoba, muy cercana de las
Farc, y el otro es el presidente de Venezuela, Hugo
Chávez.
La ofensiva
de la sala penal no puede venir sino de un universo
político-ideológico, un terreno vedado a los magistrados,
cuyas actuaciones y decisiones deben tener un referente
único: el ordenamiento jurídico de la Nación. El poder
judicial colombiano ha sido objeto, desde hace varias
décadas, de infiltraciones extremistas. Sus efectos eran,
sin embargo, más o menos controlados.
Carlos Gaviria, ex presidente
de la Corte Constitucional, resultó ser un militante
marxista que en 2006 aceptó ser el candidato presidencial
del Polo Democrático, una coalición fuertemente enfeudada
al poder venezolano. Lo de ahora corresponde a una
fase más avanzada de esos esfuerzos ilegales. El poder
ejecutivo carece, sin embargo, de un instrumental jurídico
coherente para luchar contra esa amenaza.
La
sentencia de la sala penal del pasado 27 de junio es un
acto injurídico pues descansa sobre errores graves. El
cohecho invocado respecto de la conducta de la ex
parlamentaria Yidis Medina no ha sido probado hasta hoy.
Esa señora, hoy encarcelada, se autoinculpó. Ella declaró
haber cambiado el contenido de su voto en la reforma
constitucional, en junio de 2004, luego de haber recibido,
dice ella, una promesa ilegal de retribución.
El problema
es que el cohecho es un delito que no puede ser cometido
por una persona. En él intervienen necesariamente dos o
más actores: el que se deja corromper y el o los que
corrompen. La sala penal no ha establecido quien corrompió
a la ex parlamentaria.
Peor: la
sala penal se negó a escuchar a todos los acusados. Yidis
Medina acusa, entre otros, a dos altos funcionarios del
gobierno pero la sala penal no ha demostrado la
culpabilidad de esas personas. De los dos altos
funcionarios sólo uno, el ex ministro del Interior y
Justicia, Sabas Pretelt de la Vega, hoy embajador en
Italia, fue escuchado. El otro, el actual ministro de
Seguridad Social, Diego Palacio Betancourt, nunca fue
escuchado. Tampoco el presidente de la República fue
escuchado. Ninguno de ellos ha sido condenado por haber
corrompido a la señora Medina. La sala penal tomó las
suputaciones de ésta como una verdad revelada.
A pesar de
esas carencias fundamentales, de esa investigación
imperfecta, la sala penal se anticipó y lanzó su
sentencia, mediante la cual pretende dejar sin piso
jurídico el acto legislativo que dio origen a la
reelección presidencial inmediata. Con ello intenta,
además, deslegitimar el segundo mandato del presidente
Alvaro Uribe. La sala penal quiere, en consecuencia,
destruir la política de seguridad democrática de éste, la
cual desmanteló el paramilitarismo de extrema derecha y
está logrando derrotar el terrorismo de extrema izquierda,
las Farc y el Eln.
Esa
sentencia es un acto de barbarie, una provocación
inaudita, un intento de desestabilización de un gobierno
elegido democráticamente. La CSJ que está para defender la
Constitución, parece hoy decidida a instaurar la
arbitrariedad. Los ciudadanos tienen derecho de pedir
explicaciones a esos magistrados y de movilizarse para
defender las instituciones y la democracia. Pues las
instituciones y la democracia están bajo ataque.
Con su
sentenca, la sala penal pasó por encima de los principios
universales de Derecho. Ella pretende darle a una sanción
individual (contra la conducta chocante de Yidis Medina)
un alcance universal (hundir una reforma constitucional).
La sala dice que "la aprobación de la reforma
constitucional fue expresión de una clara y manifiesta
desviación de poder". Además de no haber logrado
establecer la realidad del cohecho, ella tampoco ha
llegado a probar la “desviación de poder”.
La sala
penal compulsó, por otra parte, copia de su sentencia a la
Corte Constitucional para que ésta revise el acto
legislativo. Pero tal revisión no hace parte de las
atribuciones de la Corte Constitucional. Cabe recordar,
que ese acto legislativo originó en su época más de 50
demandas que fueron acumuladas en tres procesos, sobre los
cuales la Corte se pronunció y declaró su
constitucionalidad.
Como
explicó en ministro del Interior y Justicia, Fabio
Valencia Cossio, "la Corte Constitucional no tiene
competencia para revisar sus propios fallos, ya que éstos
hacen tránsito a cosa juzgada constitucional. No es viable
ni procedente, como lo señala la CSJ que la Corte
Constitucional realice una nueva revisión sobre vicios de
procedimiento en la formación del acto legislativo que
aprobó la reelección presidencial, cuando ya se pronunció
y ejerció en forma definitiva el control constitucional".
Los sabios de la sala penal parecen no conocer siquiera lo
que dice la Carta fundamental colombiana.[1]
Los
exabruptos de la curiosa sala penal se acumulan. Esa sala
no oculta sus simpatías con las guerrillas de extrema
izquierda. A éstas les atribuye un sentido “político” a
sus crímenes, pero se niega a darle ese mismo tratamiento
a las guerrillas de extrema derecha. En julio de 2007, la
CSJ negó a los paramilitares desmovilizados de las AUC
aplicarles el delito de sedición, como sí lo aplica a los
guerrilleros detenidos. Las guerrillas colombianas y los
paramilitares, empero, son idénticos por sus métodos:
ambos cometen atentados, asesinan civiles, masacran,
secuestran y trafican con narcóticos. La diferencia es que
los paramilitares aceptaron desmovilizarse a cambio de una
reducción de penas y las guerrillas rechazan todo cese al
fuego y toda desmovilización.
El odio
tenaz de unos magistrados de la sala penal de la CSJ
contra el gobierno de Alvaro Uribe elegido en 2002 y
reelegido en 2006, ha llevado a la sala penal a un
callejón sin salida. Su sentencia del viernes es, ni más
ni menos, que un atentado contra el orden jurídico, un
acto destinado no a corregir una anomalía de Derecho, sino
a perturbar el clima político.
Hace unos
meses, el presidente venezolano Hugo Chávez declaró que el
gobierno del presidente Uribe era “ilegítimo”. Bajo
presiones obscuras, que algún día la justicia deberá
desentrañar y castigar, miembros de la sala penal buscan
defenestrar a un presidente que desafía el modelo
antiliberal que impulsa en América Latina la llamada
“revolución bolivariana”.
Para lograr
tal cosa los chavistas colombianos tendrán que pelear
mucho más duro. Pues Alvaro Uribe, y amplios sectores de
la ciudadanía, no parecen dispuestos a dejarse avasallar.
Unas horas después de conocida la sentencia, el jefe de
Estado colombiano propuso acudir a los electores para
frenar el proceso de deslegitimación de su mandato
2006-2010. Uribe le pidió al Congreso tramitar una ley que
convoque a un referendo de ratificación o no de la
elección presidencial de 2006. Contrario a lo que las
agencias de prensa internacional dijeron, su iniciativa no
tiene nada que ver con un eventual tercer mandato.
Uribe
calificó la actuación de la sala penal como un “abuso de
poder” y denunció una “usurpación de competencias”. Agregó
que la sala había intentado “acusar a funcionarios
honestos como parte del supuesto cohecho”. Reiteró que la
sala había “desestimado elementos probatorios que [le] han
sido presentados” para “demostrar que el delito de cohecho
no se dio, y que la persona autoincriminada [Yidis Medina]
cometió otros delitos, como la periódica extorsión a
funcionarios públicos”, como lo concluiría todo
“observador objetivo”.
¿Quién está
detrás de esas maniobras de la sala penal? ¿Los
paramilitares derrotados? ¿Las guerrillas agónicas? El
presidente Uribe dio a entender que ciertos círculos,
furiosos por la encarcelación y ulterior extradición a los
Estados Unidos de los jefes paramilitares más altos,
podrían estar involucrados en esa conspiración. Recordó
que uno de los jefes paramilitares, Salvatore Mancuso,
había declarado que las AUC habían “infiltrado” la Corte
Suprema de Justicia.
La conducta
de ciertos magistrados de ese organismo es escandalosa. La
prensa colombiana ha informado que en junio de 2006, 20 de
los 23 jueces de la CSJ aceptaron una invitación para ir
a Neiva con sus esposas para festejar una promoción de
Yesid Ramírez Bastidas dentro de la CSJ. Los gastos de
viaje aéreo Bogotá-Neiva-Bogotá (más de 10.000 dólares),
del hotel y otras reuniones fueron pagadas por un tal
Ascencio Reyes Serrano, propietario de una agencia de
viajes. Ese personaje posee un edificio en copropiedad con
José María Ortiz Pinilla, un extraditado a los Estados
Unidos en 2007 por tráfico de drogas. Yesid Ramírez
Bastidas sigue siendo miembro de la CSJ.
Salud
Hernández, una periodista del diario español El Mundo,
estableció que Yesid Ramírez Bastidas habría recibido como
regalo, también en 2006, un reloj costoso ofrecido por
Giorgio Sale. Este hombre de negocios italiano fue
detenido en noviembre de 2006 por tráfico de drogas y
blanqueo de dinero. Giorgio Sale estaba vinculado a
Salvatore Mancuso, el jefe de los paramilitares
colombianos extraditado a los Estados Unidos el 15 de mayo
de 2008.
¿La
actuación de Yidis Medina durante la votación del acto
legislativo hacía parte de una operación de quienes
militaban para hundir la reelección presidencial
inmediata? Ese aspecto tampoco fue investigado por la sala
penal.
Otro grupo
que se muestra muy interesado en la actuación de la sala
penal es el Polo Democrático, que aspira a convertirse en
“opción de poder” en 2010. Sus jefes respaldan la maniobra
de la sala penal y piden a Uribe que renuncie. Con un
índice de popularidad superior al 80%, Alvaro Uribe
obtendrá sin duda un nuevo triunfo si el país es convocado
a ratificar la elección de 2006. La movilización de la
oposición se centra hoy contra esa opción y en los
próximos días las tensiones podrían aumentar
dramáticamente.
[1]
Según el
diario El Colombiano, de Medellín, el ministro
Valencia Cossio agregó que la Corte Constitucional
tampoco podría revisar el acto legislativo porque ya
caducaron los términos para hacerlo, según el artículo
379 de la Constitución, la cual limita ese estudio a
un año luego de su promulgación. También explicó que
la Procuraduría ya no tiene competencia para
pronunciarse sobre la constitucionalidad del acto
porque ya lo hizo en su debido momento. Ver el
artículo de
Isolda María Vélez,
El Colombiano,
28 de junio de 2008